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viernes, 29 de abril de 2011

Tercer ciclo de Educación Primaria

ORDEN DE 8 DE ABRIL DE 2011 POR LA QUE SE ESTABLECE LA CONVOCATORIA PARA AUTORIZAR LA IMPARTICIÓN, CON CARÁCTER EXPERIMENTAL, DE UN SEGUNDO IDIOMA EN EL TERCER CICLO DE EDUCACIÓN PRIMARIA EN LOS CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE EXTREMADURA.

El aprendizaje de lenguas extranjeras constituye un elemento esencial en el proceso de construcción de la Unión Europea y en el fomento de la movilidad de sus ciudadanos, tanto en el contexto educativo como en el profesional.
Las distintas políticas europeas relativas a la mejora de la calidad y la diversificación del aprendizaje y de la enseñanza de las lenguas subrayan la necesidad de promover una mejora cuantitativa y cualitativa del conocimiento de las lenguas de la Unión Europea, con miras a desarrollar las competencias en materia de comunicación dentro de la Unión, y a garantizar una difusión tan amplia como sea posible de las lenguas y de las culturas. Con ese objetivo se ha adoptado en todos los currículos extremeños un enfoque comunicativo que, basado sobre todo en el desarrollo de las destrezas orales de la competencia lingüística, permita que la ciudadanía europea del mañana desarrolle actitudes de entendimiento y tolerancia.
Desde la asunción de las competencias en materia educativa en el año 2000, la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura ha ido poniendo en marcha una batería de actuaciones concretas, entre las que destacan los proyectos de impartición de una segunda lengua extranjera en el tercer ciclo de educación primaria, y los proyectos de secciones bilingües, que se vienen desarrollando desde el curso 2004-2005.
En esta dirección, el PLAN LINGUAEX (2009-2015), se presenta como un proyecto coherente de acciones coordinadas destinadas a valorar y desarrollar los repertorios lingüísticos de la ciudadanía extremeña. Se basa en cuatro aspectos fundamentales: formación del profesorado;
formación del alumnado; mejora de las habilidades lingüísticas del conjunto de la sociedad extremeña; y la creación de una serie de centros bilingües, en los que se atienda de manera especial el desarrollo de la competencia comunicativa del alumnado, otorgando importancia particular a la lengua portuguesa.
Se tenderá a que todos los procesos de enseñanza y aprendizaje de lenguas extranjeras, en todas las enseñanzas regladas y niveles educativos, así como en los correspondientes procesos de evaluación y promoción, tengan como referencia progresivamente los distintos niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas, del Consejo de Europa.
Para aumentar el número de centros que imparten un segundo idioma, se hace necesario establecer unos requisitos y un procedimiento de autorización de estos proyectos.
En su virtud, y en uso de las competencias que me atribuye la Ley 1/2002, de 28 de febrero , del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en su artículo 36 y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa, D I S P O N G O :
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente orden establece la convocatoria y los requisitos que deben cumplir los centros sostenidos con fondos públicos de Extremadura para la impartición de una segunda lengua extranjera en el tercer ciclo de educación primaria, a partir del curso escolar 2011-2012, teniendo como fin fomentar la pluralidad lingüística y la competencia comunicativa del alumnado extremeño.
En el caso de centros concertados, la autorización del proyecto de segunda lengua extranjera, en ningún caso, significará modificación de las condiciones del concierto educativo suscrito.
2. La incorporación de esta segunda lengua extranjera, obligatoria para todo el alumnado de tercer ciclo del centro autorizado, se hará progresivamente, es decir, en el primer curso de vigencia del proyecto se implantaría en quinto de primaria, y en el segundo curso de vigencia se implantaría en sexto.
Artículo 2. Profesorado.
1. Con el fin de asegurar la continuidad de la experiencia, el profesorado que imparta la segunda lengua extranjera debe tener destino definitivo en los centros públicos, o estar suficientemente consolidado en los centros concertados.
2. La enseñanza de la segunda lengua extranjera será impartida por maestros con la especialización o habilitación correspondiente en el idioma, o bien por maestros que estén en posesión de la titulación recogida en el Anexo I de la presente orden.
3. Los maestros encargados de impartir esta enseñanza lo harán con carácter voluntario.
4. La asignación del maestro o maestros se realizará de acuerdo con lo establecido en la Instrucción de 27 de junio de 2006, de la Dirección General de Política Educativa, por la que se concretan las normas de carácter general a las que deben adecuar su organización y funcionamiento las escuelas infantiles, los colegios de educación primaria, los colegios de educación infantil y primaria y los centros de educación especial de Extremadura.
5. La implantación del segundo idioma no puede dar lugar a mayores necesidades de profesorado para el centro solicitante.
6. Al profesorado que participe en el proyecto, se le reconocerán 3,5 créditos de formación permanente como actividad de innovación educativa por la función desarrollada durante cada curso escolar de permanencia en este proyecto.
7. La Consejería competente en materia de educación promoverá, dentro del Plan Regional de Formación Permanente del Profesorado, actividades específicas para los maestros de centros sostenidos con fondos públicos implicados en esta experiencia, y para aquellos maestros de este tipo de centros que se comprometan a participar en el futuro. Asimismo, tendrán prioridad para ser admitidos en cualquier actividad de formación relacionada con el mismo.
Artículo 3. Centros.
1. La solicitud de participación del centro debe ir necesariamente avalada con el acuerdo favorable del Claustro de Profesores y del Consejo Escolar.
2. Asimismo, el equipo directivo del centro deberá asegurarse de que las familias de los alumnos implicados conocen la decisión adoptada y están informadas sobre su alcance.
3. Con objeto de garantizar al alumnado la continuidad de la enseñanza a lo largo de todo el ciclo, los centros autorizados deberán llevar a cabo la implantación con una duración mínima de dos cursos escolares.
4. Los centros seleccionados adquieren el compromiso de elaborar, con carácter experimental, el Proyecto Lingüístico de Centro en un plazo no superior a cuatro años, siguiendo las instrucciones de la Consejería competente en materia de educación y las orientaciones del Servicio de Inspección y de la Unidad de Programas Educativos.
Artículo 4. Contenidos de enseñanza y su evaluación.
1. Los centros acogidos a la experiencia modificarán el Proyecto Curricular de Centro, adoptando las decisiones apropiadas a la impartición de la segunda lengua extranjera, con arreglo a lo establecido en el currículo.
2. La evaluación del segundo idioma extranjero se ajustará a lo establecido en la Orden de 26 de noviembre de 2007 por la que se regula la evaluación del alumnado en la Educación Primaria (DOE n.º 139, de 1 de diciembre).
3. El hecho de haber cursado estas enseñanzas, así como la valoración del proceso de aprendizaje de las mismas, se consignará para estos alumnos en los informes de evaluación, en el expediente académico y en las actas finales del tercer ciclo de la educación primaria.
Además, se hará constar en el historial académico, mediante la diligencia que estará disponible en la plataforma digital Rayuela.
Artículo 5. Distribución horaria.
1. El tiempo curricular dedicado a la enseñanza de la segunda lengua extranjera será de dos horas a la semana, que pueden estar repartidas en periodos de 30 minutos, en función de las características del centro.
2. Este tiempo se detraerá del dedicado a las restantes áreas curriculares, según criterio del centro y respetando, en todo caso, el horario escolar establecido con carácter básico para las enseñanzas mínimas.
3. En ningún caso el horario lectivo, incluyendo la impartición del segundo idioma, excederá de 25 periodos lectivos semanales.
Artículo 6. Documentación.
1. Los centros educativos de infantil y primaria que deseen participar en la presente convocatoria dirigirán su solicitud a la Consejería de Educación, de acuerdo con el modelo del Anexo II y presentarán dicha solicitud en la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa, así como en las demás oficinas que realicen funciones de registro, a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 7.1  del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo, y en el artículo 38.4  de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Extremadura.
2. Los centros interesados deberán acompañar a la solicitud, la siguiente documentación:
a) Certificación del acuerdo del Claustro y del acuerdo favorable al proyecto del Consejo escolar.
b) Relación de profesorado del centro encargado de la impartición de la segunda lengua extranjera, junto con las fotocopias compulsadas de las acreditaciones a las que se hace referencia en el apartado segundo del artículo 2.
c) Propuesta de distribución del horario semanal de cada una de las áreas, con indicación expresa de las áreas curriculares de las que se detrae el tiempo que será dedicado a la impartición de la segunda lengua extranjera.
d) Propuesta curricular (objetivos, contenidos, conceptos, procedimientos y actitudes, metodología y criterios de evaluación) por curso, incluyendo la incorporación de temas transversales.
e) Certificación de la dirección del centro en la que se garantice la continuidad de la experiencia por un mínimo de dos cursos, duración del tercer ciclo.
Artículo 7. Procedimiento de autorización.
1. La Dirección General de Calidad y Equidad Educativa remitirá a las Delegaciones Provinciales de Educación, las solicitudes junto a la documentación referida en el artículo 6, que será analizada por el Servicio de Inspección correspondiente, valorando el cumplimiento de los requisitos para el profesorado y el centro a los que se refieren los artículos 2 y 3 de la presente orden, con objeto de emitir informe acerca de la conveniencia de la autorización.
2. Las Delegaciones Provinciales de Educación remitirán el informe de la Inspección Educativa a la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa, antes del 30 de mayo.
3. La Dirección General de Calidad y Equidad Educativa resolverá esta convocatoria antes del 20 de junio de 2011, haciendo pública la relación de centros autorizados y no autorizados, con mención expresa de la causa de denegación, en el Diario Oficial de Extremadura.
4. Una vez aprobado el proyecto a un centro, se entenderá renovado para el curso siguiente, siempre que se mantengan los requisitos de participación que determinaron su concesión y no tenga un informe negativo del Servicio de Inspección.
Artículo 8. Orientaciones.
1. Las Unidades de Programas Educativos y los Centros de Profesores y Recursos asesorarán a los centros autorizados en la aplicación de los proyectos de formación del profesorado.
2. El Servicio de Inspección orientará a los centros educativos autorizados en el proceso de impartición de la segunda lengua extranjera y recabará de los mismos, la información que estime oportuna para evaluar su aplicación y continuidad en el curso siguiente.
Artículo 9. Compromiso de los centros seleccionados y profesorado involucrado.
1. Los centros autorizados deberán desarrollar el proyecto en los términos aprobados por la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa. Asimismo, participarán y colaborarán en el desarrollo de los procesos de evaluación que determine la Consejería de Educación, dirigidos a los centros y al alumnado participante en el proyecto.
2. Antes del día 30 de octubre de cada curso escolar, cada centro notificará al Servicio de Ordenación Académica y Planificación de Centros Educativos de la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa, los datos (nombre, apellidos y NIF) del profesorado directamente involucrado en el proyecto, durante ese curso. Igualmente, los centros cumplimentarán en la plataforma digital Rayuela, en el módulo específico, los datos correspondientes al segundo idioma del tercer ciclo de educación primaria.
3. El profesorado de centros sostenidos con fondos públicos directamente implicado en el proyecto, y aquél con compromiso de participación futura, participará activamente en los planes de formación que organice la Consejería competente en materia de educación.
4. Asimismo, el profesorado de todos los tipos de centro que imparta el segundo idioma elaborará la programación didáctica del área segunda lengua extranjera, así como la memoria final de evaluación de la experiencia, según las indicaciones recogidas en la disposición siguiente.
Artículo 10. Evaluación de la experiencia.
1. Antes del 20 de junio de cada uno de los cursos escolares en los que se desarrolle la experiencia, el centro autorizado remitirá, al Servicio de Ordenación Académica y Planificación de Centros Educativos de la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa, que la trasladará a la Delegación Provincial correspondiente, una memoria donde se contemplen los siguientes aspectos:
a) Alumnado participante.
b) Profesorado participante, con especificación de sus datos.
c) Aspectos más destacados del desarrollo del proyecto, haciendo especial mención de las propuestas de mejora.
2. La Inspección educativa remitirá a la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa, un informe de evaluación del desarrollo de la experiencia, antes del 15 de julio del correspondiente curso escolar.
Artículo 11. Finalización de la experiencia.
1. La dirección del centro podrá interrumpir el desarrollo de la experiencia cuando dicha decisión cuente con el acuerdo favorable del Claustro de Profesores y del Consejo Escolar, comunicando la decisión al Delegado Provincial de Educación correspondiente.
2. La Delegación Provincial de Educación podrá dar por finalizada la experiencia en el centro educativo cuando se detecten anomalías que aconsejen su suspensión o cualquier otra circunstancia que ocasione el incumplimiento de alguna de las condiciones de participación establecidas por la presente orden, previo informe razonado de la Inspección de Educación, oída la dirección del centro.
3. En cualquiera de los casos descritos en los dos apartados precedentes, la Delegación Provincial de Educación correspondiente comunicará la revocación, acompañada de informe de la Inspección Educativa en el que se detallen las causas que la originaron, a la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa, en el plazo de 15 días desde que se produjo.
4. Antes de adoptar la decisión de la finalización de la experiencia, se deberán tomar las medidas pertinentes que garanticen lo establecido en el apartado 3 del artículo 3.
Disposición final primera. Autorización.
Se faculta a la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa para dictar cuantos actos sean necesarios para la ejecución de la presente orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

viernes, 22 de abril de 2011

Centros de Alto Rendimiento Escolar ¿a favor o en contra?

Tener Xavis, Messis o Iniestas en la Masía no va en contra del desarrollo del fútbol. Va a favor. El sistema educativo español no tiene centros de alto rendimiento escolar científico, artístico o humanístico. El sistema educativo público iguala, pero a la baja. Va al ritmo y al nivel de los que menos pueden y acaba expulsando a los que más talento tienen hacia los centros privados –si pueden permitírselo- o hacia otros países, cuando tienen cierta edad y nivel de estudios finalizado.

Enric Renau. Editor
18/04/2011
Escribo este artículo después de haber leído una reflexión de Xavier Sala Martín, Catedrático de la Columbia University y de la UPF titulado "el verdadero fracaso escolar" en La Vanguardia.

Siguiendo el ejemplo de la Masía del FC Barcelona o de los Centros de Alto Rendimiento deportivos, el economista liberal y siempre provocador Sala Martín, pone encima de la mesa una reflexión que complementa el estudio sobre el fracaso escolar que cité en mi último editorial.
Según él, el éxito del deporte en España no tiene una base genética sino que existe un sistema que identifica a los jóvenes con más talento y se han construido centros donde los deportistas que más prometen tienen acceso a los mejores entrenadores, médicos, tecnologías superiores y becas. Con estos centros se estimula el conjunto del sistema deportivo que tiene como referencia unos puntos de excelencia en los que aspiran llegar personas de toda tipo, clase y origen.

El sistema educativo español no tiene centros de alto rendimiento científico, artístico o humanístico. No hablo de la universidad, que es otro tema, sino de los colegios e institutos. El sistema educativo público español iguala, pero a la baja. Va al ritmo y al nivel de los que menos pueden y acaba expulsando a los que más talento tienen hacia los centros privados –si pueden permitírselo- o hacia otros países, cuando tienen cierta edad y nivel de estudios finalizado.

No se trata de generar desigualdades, sino de dar cancha a los que puedan demostrar que tienen talento y lo pueden desarrollar. No se trata de frenar a los que más pueden o saben, sino impulsar todo su potencial, que es lo que han hecho los países que tienen un mejor ranking en las pruebas PISA.

La cuestión clave es la selección en la entrada a este tipo de centros. El criterio no debería ser económico –para ello estarían las becas, si hace falta-, ni social o cultural. Sólo el talento, que se tiene que buscar por todas partes. Si no, hablaríamos de elitismo, cosa que no defiendo de ninguna manera.

Enric Renau
Editor

Nueva asignatura para bachillerato.

21-04-2011 / 11:50 h

Valencia, 21 abr (EFE).- La Conselleria de Educación ha celebrado una jornada informativa sobre la nueva materia optativa de Bachillerato 'La Unión Europea: organización y funcionamiento', que comenzará a impartirse en los centros de secundaria de la Comunitat Valenciana el próximo curso 2011-12, según un comunicado de Generalitat.
Con su puesta en marcha, la Comunitat se convertirá en la primera autonomía de España en implantar una asignatura centrada específicamente en instruir a los alumnos sobre cuestiones relacionadas con la organización y el funcionamiento de las instituciones comunitarias.
La asignatura está dirigida a los alumnos de segundo curso de Bachillerato y figura dentro del catálogo de materias optativas previstas para el próximo curso.
La materia será impartida por profesores de Geografía e Historia en más de los 500 centros públicos, privados y concertados de la Comunitat Valenciana.
Tendrá una carga lectiva semanal de 4 horas, lo que supone que en un curso académico convencional se impartirá por un total de 140 horas.
El desarrollo de esta nueva materia contribuirá a que los alumnos conozcan la Unión como organización internacional así como sus principales objetivos y los principios básicos que rigen su funcionamiento, más allá de lo meramente histórico, político o económico.
Asimismo, permitirá que los jóvenes valencianos sepan cuáles son las herramientas de formación y educación que la UE pone a disposición de los estados miembros y que son fundamentales para ser competitivos en un mundo laboral cada vez más globalizado y caracterizado por la movilidad.
Por otra parte, esta materia dará a conocer la noción de ciudadanía europea y los derechos que ella comporta, así como las nuevas posibilidades que ofrece para nuestros jóvenes.
Además, servirá para conocer los principales ámbitos de actuación de la UE, en particular aquellos con mayor incidencia en la vida cotidiana de los ciudadanos europeos.
La asignatura presentará a los alumnos las principales instituciones políticas de la Unión y el papel de cada una de ellas en el proceso de adopción de decisiones. EFE

martes, 19 de abril de 2011

La calidad de la educación sigue en declive.

Las crecientes brechas con países vecinos son muy ilustrativas. Sumar recursos a un sistema mal organizado sirve para potenciar el derroche, pero no para mejorar los resultados. Para revertir este rotundo fracaso es fundamental establecer reglas que premien el esfuerzo y la excelencia.


Informe semanal del Instituto para el Desarrollo Social Argentino –Idesa-
Especial para ANDigital

La Ley de Financiamiento Educativo fue sancionada a finales del año 2005 fijando el objetivo de  incrementar los recursos para la educación de manera progresiva hasta llegar al año 2010 con un nivel de inversión equivalente al 6% del PBI. Los puntillosos mecanismos de monitoreo que se montaron apenas sancionada la ley demuestran que tanto las metas intermedias como la final fueron cumplidas dentro de los plazos previstos.
Una evidencia que permite dimensionar las implicancias de este proceso es la información que publica la CEPAL en el Panorama Social de América Latina 2010. En este informe, la Argentina aparece como uno de los países latinoamericanos de mayor inversión en educación medido como porcentaje del PBI. Esto sugiere que el esfuerzo desplegado es muy importante y que los medios disponibles para que los niños y jóvenes argentinos alcancen buenos niveles de educación estarían garantizados.  
Cumplida la cuestión financiera, el tema sustantivo es evaluar si el crecimiento en la inversión ha producido mejoras en la formación de los estudiantes. Una manera de dilucidar este tema es comparando la evolución de los resultados logrados por los alumnos en la prueba de lectura PISA entre países vecinos. Combinando datos de la CEPAL y la OECD referidos a los años 2000/2001 y 2008/2009 se observa que:
---) Chile incrementó la inversión en educación de 3,9% a 4,3% del PBI y su desempeño en lectura en la prueba internacional PISA aumentó de 410 a 449 puntos.
---) Brasil incrementó la inversión en educación de 5,0% a 5,7% del PBI y su desempeño en lectura en la prueba internacional PISA pasó de 396 a 412 puntos.
---) Argentina aumentó su nivel de inversión en educación de 5,1% a 6,0% del PBI pero en la prueba internacional PISA bajó de 418 a 398 puntos.
Estos datos muestran que la sociedad argentina está desplegando un gran esfuerzo financiero para sostener al sistema educativo, pero no logra revertir los mediocres resultados en términos de formación de sus alumnos. Chile y Brasil, con menor inversión, obtienen mejor formación para sus estudiantes.
El aumento en Argentina desde el 5,1% al 6% del PBI, en un período de fuerte crecimiento económico, implica que los recursos disponibles aumentaron casi el 70% en términos reales. Sin embargo, la capacidad de lectura de los jóvenes argentino se deterioró entre el 2000 y el 2009. Las autoridades educativas argentinas relativizan la medición de la OECD señalando que en la Argentina hay jóvenes que sufren exclusión social, por lo tanto, enfrentan dificultades para su formación. Sin embargo, difícilmente Chile y Brasil no experimenten problemas similares y aun así sus jóvenes muestran mejor desempeño.
Una lectura más objetiva de la medición de la OECD llevaría a concluir que la estrategia plasmada en la Ley de Financiamiento Educativo es equivocada. Agregar más recursos a un sistema educativo muy mal organizado aumenta el derroche y perpetúa la baja calidad educativa.
La prueba es que la agenda fue monopolizada por las paritarias docentes y los conflictos sindicales. En un entorno donde los recursos fluyen en función de las presiones corporativas no hay posibilidades de mejorar la calidad. Los docentes que se esfuerza, capacitan y se comprometen con la formación de sus alumnos no tienen ningún reconocimiento. Los que forman parte de la burocracia o aprovechan los mecanismos de las normas docentes para desentenderse de sus alumnos no sufren ninguna penalización.
Un primer paso para revertir el fracaso es abandonar la idea simplista e ingenua de suponer que con más recursos espontáneamente se van a lograr mejores resultados. Los problemas están en la organización del sistema.
La gestión de la educación primaria y secundaria es –por mandato de la Constitución Nacional– de las provincias, por ello, lo mejor que puede hacer la Nación a favor de la educación es no apropiarse de recursos que deberían ser coparticipados y abstenerse de interferir en cuestiones salariales y de gestión del trabajo docente. En su lugar, debería mostrar mucho más compromiso y eficacia en promover la transparencia y profundizar la medición de resultados para activar las demandas de la población a favor de una mejor gestión y calidad educativa.

África necesita dos millones de profesores de primaria antes de 2015

16-04-2011 / 10:10 h

Lomé, 16 abr (EFE).- Los ministros de Educación de 52 países de África aseguraron que el continente necesita 2 millones de profesores de primaria para 2015, durante una conferencia sectorial celebrada el 13 al 15 de abril en la capital de Togo.
El informe final de este encuentro apunta que, "dada la situación actual y sabiendo que el principal desafío para África está en la grave escasez de maestros, se debe contratar a más de dos millones de docentes para el año 2015, para llenar así el vacío existente en educación primaria".
Los participantes señalaron que, más allá del aspecto cuantitativo, la consecución de una educación universal de calidad para todos los africanos requiere inversión en la enseñanza, adaptación a las necesidades individuales, cambios sociales y económicos y especial hincapié en el rendimiento académico.
Los titulares de Educación de 52 países de África coincidieron en las condiciones desfavorables en las que viven los maestros -muchos de ellos en el umbral de la pobreza-, que afectan a su rendimiento y motivan una fuga de cerebros hacia otras zonas u otros sectores económicos.
En este sentido, se comprometieron a mejorar las condiciones laborales y la gestión del personal, así como su formación.
Esta conferencia panafricana estuvo organizada conjuntamente por la Unión Africana (UA), la UNESCO y UNICEF. EFE

Murcia recibirá 4,5 millones de euros para programas educativos.

(Murcia) SOCIEDAD-SALUD,EDUCACION | > AREA: Educación
18-04-2011 / 11:40 h

Madrid, 15 abr (EFE).- La Región de Murcia recibirá 4,5 millones de euros del total de 115 millones aprobados por el Gobierno de España para diferentes programas educativos orientados a evitar el fracaso escolar, evitar el abandono escolar temprano y fomentar la lectura entre los escolares.
De los 4,5 millones de euros, 1,9 están destinados a desarrollar el Plan de Programas de Refuerzo, Orientación y Apoyo (PROA) en 2011, cuyo objetivo es apoyar a los centros docentes de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria que tienen una proporción significativa de alumnado en situación de desventaja socioeducativa.
La principal novedad de este año es que, por primera vez, y debido a los objetivos de déficit que deben cumplir las comunidades autónomas, no se exige la cofinanciación por su parte, aunque el ministerio de Educación sí ha subrayado la conveniencia de que las comunidades contribuyan económicamente con ese programa.
Otros 2,1 millones de euros están destinados al objetivo de elevar los niveles de éxito escolar en la enseñanza obligatoria y de ampliar la permanencia en el sistema educativo de los jóvenes.
Este plan para la reducción del abandono temprano en la educación fue acordado por el Ministerio de Educación y las comunidades autónomas en la Conferencia Sectorial de Educación el pasado 8 de celebrada el 8 de marzo de 2011.
Para el programa "Leer para aprender y mejora de las bibliotecas escolares" la Región recibirá 343.686 euros, según ha informado hoy la Delegación del Gobierno en Murcia. EFE